1 de abril de 2014

2da RECLAMACION MTC PROVIAS CANTA LIMA CARRETERA


Señor Ministro Carlos Eduardo Paredes Rodríguez
Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Perú

Reciba nuestros cordiales saludos. Somos campesinos agricultores residentes en el pueblo de Pariamarca, provincia de Canta y nuestras labores agrícolas las realizamos en nuestras parcelas localizadas alrededor del Km. 73,5 de la carretera Lima-Canta. Ante usted nos presentamos y exponemos lo siguiente:

En este documento que consta de nueve folios,

Nos vemos obligados a comunicarle la reiteración de denuncia al MTC por los atropellos contra nuestros derechos a la seguridad, al trabajo productivo, a no ser discriminados y a la dignidad, derechos que son vulnerados por las acciones temerarias, desde la segunda mitad del año 2012, del Consorcio Vial Santa Rosa (CVSR) conformada por Constructora OAS, Mota Engil Perú. S.A., Constructora Upaca; y además, por las negligencias de HOB Consultores S.A. y de Provias Nacional (Memorando Nº 3532-2013-MTC/04.02) del MTC quienes enterados de nuestros reclamos verbales y por escrito desde el año 2013, contemplan sin mitigar ni remediar los perjuicios contra nuestra familia.



En la primera parte de esta denuncia comenzaremos, a modo de ayuda de memoria, comentando las respuestas de los señores del CVSR a nuestras reclamaciones y seguidamente le describiremos los perjuicios que estamos sufriendo. En la segunda parte, presentaremos las propuestas para las mitigaciones, restauraciones y compensaciones a las que tenemos derecho.

Primera Parte



El 12 de Septiembre del 2013 envié al Ministerio de Transportes y Comunicaciones un documento que en mesa de partes fue numerado con el P/D 133228, reclamando y describiendo doce perjuicios contra nuestros intereses, dicha reclamación llegó a la Unidad Gerencial de Obras de Provias Nacional en el Viceministerio de Transportes, pero nunca me respondieron. Sin embargo, a raíz de dicha reclamación los señores de la HOB Consultores S.A. emitieron tímidos comentarios que no reflejaban la real dimensión los daños que se evidenciaban. Los textos de esta primera reclamación los envié al correo institucional de la Defensoría del Pueblo (webmaster@defensoria.gob.pe) el 19 de Septiembre del 2013.


Ese mismo mes, el Ing. Antonio Palomino del CVSR se acercó a mis parcelas, visita por la que me sentí muy agradecida, pero lamentablemente el Ing. Palomino no fue investido con toda la autoridad por parte del CVSR para definir las acciones a tomar para solucionar estos perjuicios, pero al menos llegamos a firmar una Acta de Inspección y Acuerdos, donde el Ing. Palomino indicaba que se harían mejoras en mis parcelas. Copia de dicha Acta forma parte integrante de esta denuncia.

Lamentablemente, mientras esperaba que la maquinaria pesada allí presente empezara a reparar los daños según el Acta, en Diciembre del 2013 la empresa del señor José A. Alvarado Quintana, subcontratada y dirigida por el CVSR, sin mi permiso destruyó mi acequia derramando el agua y causando más derrumbes de tierra útil (socavamientos), tumbó los muros de piedra separadores, derribó el ingreso a mi parcela y usó parte de ella como su camino para meter sus máquinas y materiales; además que debilitó el puente comunal. Estos hechos los denuncié en la comisaría de Canta, lo cual fue constatado por los policías y se emitió un documento de constatación policial –algo deficientemente redactado por no recoger todas las precisiones de mi denuncia–, cuya copia adjunto en este documento.


Frente a estos recientes atropellos seguí reclamando al personal de campo del CVSR y se me dijo que "no me preocupara" y que "muy pronto me lo arreglarían todo, en cumplimiento del Acta" de la que ya tenían conocimiento. En Marzo del año 2014, se empezó a retirar la maquinaria pesada de la parcela Sur en donde causaron, destruyeron accesos y muros, y de la otra parcela Norte cuya ocupación presté al CVSR sin cobrarles nada para que la usaran en almacenes y en estacionamiento de sus maquinarias. Entonces, desde HOB Consultores S.A. me indicaron que les presente una queja para empezar a solucionar los daños. La copia de esta nueva queja también forma parte integrante de esta denuncia.

En estos últimos meses, sin efectuar ningún tipo de acción para materializar las mejoras que se mencionan en el Acta o al menos para reparar los daños, dejaron abandonadas mis parcelas luego de servirse de ellas para sus almacenes, estacionamientos y tránsito. Sin embargo, personal del CVSR me seguía diciendo que las obras aún no concluían y que el plazo se había ampliado, por tanto, "pronto me arreglarían los daños" sobre mis parcelas, incluso que dentro de dicha ampliación darían solución a las denuncias de la Comunidad Campesina de Pariamarca (CCP) contra el CVSR por incumplimiento de acuerdos. Ya muy desconfiada, me mantenía a la expectativa que el CVSR, al cumplir con la CCP, también cumpliera conmigo.

Actualmente, estoy enterada que para la segunda quincena de Junio el CVSR concluirá con las obras que le deben a la CCP, pero hasta hoy no me precisan que día y hora darán soluciones a los daños sobre mis dos parcelas, aún cuando la maquinaria pesada sigue allí muy cerca a mis terrenos. Por tanto, ampliando mi primera reclamación de Septiembre del 2013, reiteré mi denuncia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el documento con número de recepción P/D 104454, cuya copia también forma parte de esta demanda.

Los Perjuicios


Las dos parcelas que poseo están al costado Sur y Norte de la progresiva Km. 73,5 de la carretera Lima-Canta. Empezaré a describir los daños sobre la parcela Sur (ver grafico y fotos adjuntos a esta denuncia)

Perjuicios en la parcela Sur:

Perjuicio 1.
Debilitamiento los muros de contención de mi parcela Sur.
Durante el año 2001 reforzamos los muros de piedra para la contención, el mismo que protegía un lado de mi parcela. Estos muros evitan desplazamientos o perdidas de tierras para sembríos que tenemos cerca al borde de la carretera y permiten regar con seguridad, pero su debilitamiento pone en riesgo la seguridad de mi parcela.

Perjuicio 2.
Destrucción de los refuerzos vegetales a los muros de contención. Estos muros de piedra (descritos líneas arriba) fueron reforzados con los árboles y arbustos que crecieron allí.

Perjuicio 3.
Socavamientos y pérdida de la seguridad por riesgos de más precipitaciones parciales del predio.
Como consecuencia de los dos perjuicios anteriores, la superficie de ésta parcela Sur se ha reducido, incluso un árbol de moye que se encontraba sobre mi terreno cayó hasta el canal (cuneta) que los mismos obreros del CVSR retiraron para que no quede evidencias de los deslizamientos y perdidas de tierras que ellos causaron. Ahora, nos vemos impedidos de trabajar en esa parte de mi parcela Sur que está más cerca de la carretera, pues si regase cerca a ese lindero existe la posibilidad que la tierra productiva siga cayéndose al canal que pusieron entre la carretera Lima-Canta y mi parcela.

Perjuicio 4.
Destrucción de acequia, muros separadores y de ingreso.
Sin permiso de nadie una empresa subcontratista del CVSR destruyó mi acequia derramando el agua y causando más socavamientos, tumbó mis ingresos y muros de piedra de mi parcela y usó parte de ella como su camino para meter sus maquinas y materiales.

Perjuicio 5.
Compactación de tierras y derrame de materiales contaminantes.
Luego que mi parcela Sur fuera invadida por las maquinarias pesadas del CVSR, estas compactaron una parte del terreno, esta compactación dificulta las labores de roturación, labranza y cultivo. Además, derramaron materiales de construcción que son dañinos para mi actividad agrícola, pues los sembríos que pudiera plantar allí crecerían débiles y serían fácilmente atacados por plagas y resultarían en improductivos.

Perjuicios en la parcela Norte:

Perjuicio 6.
Mutilación no consentida de la parcela Norte.
A pesar que oportunamente había advertido al CVSR y a Provias (P/D 133238) para que no mutilaran esta parcela, sino que usen el natural y original cauce del río Agomayo (quebrada de Suyui), el CVSR en forma prepotente y abusiva metió sus maquinarias y desviaron el curso original del río Agomayo para meterlo sobre esta parcela Norte reduciendo su superficie. Este atropello lo hizo el CVSR para arreglar un defecto en el diseño y construcción de la carretera, pues por error construyeron el banden de Tambo, es decir el punto más bajo de la carretera sobre el cual cruzará el río, a unos dieciocho metros alejado del cauce natural y original del río. Para no rehacer esa parte errada de la obra y a fin de hacerla coincidir con el punto más bajo de la carretera en ese sector, encargados del CVSR mutilaron indebidamente esta parcela. Es decir, las fallas ajenas terminamos pagándolas nosotros.

Perjuicio 7.
Compactación de tierras y derrame de materiales contaminantes.
Esta parcela Norte que actualmente se encuentra entre la carretera y el río Chillón, la prestamos temporalmente al CVSR para usarla como estacionamiento de maquinarías y almacén de materiales, por lo cual no pedí ni recibí ninguna compensación económica ni de ningún tipo, tan sólo se me prometió verbalmente que lo usarían por pocos meses y luego lo limpiarían, lo reforzarían y lo dejarán apto para sembrar y cultivar productivamente como antes. De buena fe y con espíritu solidario se le prestó gratuitamente el uso de esa parcela por un breve tiempo, sin embargo, el CVSR abandonó esta parcela Norte sin las mejoras prometidas. Luego del periodo de lluvias de Marzo, se continuó con el riego de esta parcela, pero sobre la dureza del terreno han surgido extrañas manchas blancas, aparentemente de sales o de contaminantes que dañarían cualquier siembra comercial. Tan sólo está apareciendo sobre esta parcela plantas silvestres no comerciales que crecen más lentamente de lo normal quizás por la dureza del terreno compactado y contaminado. La erradicación de esas platas silvestres y el roturado de la tierra son otros costos que no tengo porque asumir.

Perjuicio 8.
El ingreso a la parcela Norte está bloqueado.
Anteriormente desde la parcela Sur y del camino comunal se podía ingresar a la parcela Norte con tranquilidad. Ahora, el CVSR ha bloqueado el acceso directo a esta parcela Norte con la construcción de unas bayas de contención, es decir, dan prioridad a los carros pero ignoran a los peatones, quienes actualmente vemos como ha incrementado el riesgo de transitar y cruzar por este sector.

Perjuicios en la parcela Sur y en la parcela Norte:

Perjuicio 9.
Perdidas económicas.
Como consecuencia de los perjuicios ya descritos, no podemos trabajar ni usar ambas parcelas dañadas. Sin embargo, debemos seguir pagando impuesto predial, cuotas por riego y otros costos fijos. Adicionalmente, la perdida de algunos clientes a quienes abastezco con mis cosechas agravará más mi situación económica de no poder proveer como antes a mi familia.

Perjuicio 10.
Exclusión como afectada por las obras.
A pesar de haberlo solicitado por escrito, no se me ha facilitado información clara ni escrita sobre los estudios hidrográficos, pedológicos y geológicos, tampoco sobre los estudios de impacto ambiental y social del proyecto de la Carretera Lima-Canta.

Perjuicio 11.
Insuficiencia de formalidades que expresen la seriedad de los responsables de los perjuicios.
En el mes de Abril año 2012, algunos afectados por las obras del CVSR se reunieron, por única vez, con algunos ingenieros, diseñadores o subcontratistas de la obra, en el local municipal de Canta, donde se presentó, un Acta redactada en términos ambiguos y sin compromisos por parte de los causantes de los impactos negativos de las obras. Algunos campesinos afectados suscribieron esa Acta por adherencia, pero que yo sepa nunca se entregaron las copias de dicha Acta a quienes la asistieron.
Causa preocupación que hasta la fecha, de parte del CVSR no me hayan especificado planteamientos de soluciones para evaluarlos conjuntamente, de modo que las reparaciones y compensaciones indicadas en el Acta sean justas y detalladas en un plan de trabajo calendarizado.

Perjuicio 12.
Debilitamiento del acceso al camino comunal de herradura.
El CVSR ocasionó la desaparición de parte del camino rústico comunal que conecta al pueblo de Pariamarca con la carretera Lima-Canta en el Km. 73,4.  Este camino era seguro y podían transitar vacas preñadas de aprox. 800 kilos sin riesgos de caer por los lados. El CVSR, luego de mi primera reclamación, construyó un precario puente para reponer esa parte del camino comunal. Pero, el Diciembre del 2013, el mismo CVSR dañó este puente dejándolo abandonado, inseguro y menos útil hasta la fecha.

Es notable como el CVSR ha trazado y efectuado las obras sin dañar otros predios, como son los clubes recreativos que tienen limites entre la antigua carretera Lima-Canta y el río Chillón. Pero, en nuestro caso no se ha tenido las mismas consideraciones. El único perjuicio que mencioné en mi reclamación anterior y que ya ha desaparecido es la invasión de micro partículas que dañaban la calidad del aire y perjudicaban nuestra salud. Si esto y todos los perjuicios enumerados no son formas de exclusión y agresión de género, entonces, ¿qué son?

Segunda Parte

Por tanto, solicito a Usted la intervención directa de su Ministerio para que me apoyen con asesores especializados a fin de materializar las siguientes soluciones a los daños ocasionados por el CVSR:

1.    Construcción y reforzamiento con vegetación de la zona del muro de contención que separa la parcela Sur con la carretera para que se detengan los socavamientos o pérdidas del área del predio señaladas en los Perjuicios 1 y 3.

2.    Si la restauración del muro mencionado anteriormente no fuera lo bastante sólida como para asegurar la integridad de mi predio y de quienes trabajamos allí, necesariamente el CVSR deberá restaurar los árboles y arbustos que garanticen la funcionalidad de dicho muro. Ver Perjuicios 2.

3.    Reposición del acceso a mi parcela Sur con la afirmación de la rampa y la reconstrucción de los muros separadores, de la acequia y del ingreso destruidos sin permisos y descritos en el Perjuicio 4.

4.    El CVSR y Provias Nacional deberán especificar la manera como compensarán la mutilación a la parcela Norte con la no autorizada alteración del cause original del afluente Agomayo,  que el CVSR desvió para corregir su error en la ubicación del badén en la carretera. Ver Perjuicios 6 y 9.

5.    Restauración de la capa fértil de tierra agrícola. Esta restauración en ambas parcelas debe ser posterior a la limpieza de los materiales que son contaminantes para mis actividades agrícolas. En el caso de la parcela Norte que está entre la carretera y el río, también deberá reforzarse los linderos con hitos y con cercos vivos. Ver Perjuicios 5 y 7.

6.    Para incorporar la Seguridad Vial, se hace necesaria la señalización vertical de reducir velocidad, ceder paso a peatones, etc., y la señalización horizontal con un crucero peatonal entre el puente comunal y la parcela Norte. Además, para darle sentido de continuidad a este crucero peatonal deberá modificarse las bayas metálicas que impiden el ingreso a la parcela Norte desde el crucero peatonal. Ver Perjuicio 8.

7.    A fin de que estas soluciones sean concretadas con Transparencia, reitero que se me haga entrega de las copias digitalizadas en formato PDF u otro compatible, de los estudios hidrográficos, de los estudios pedológicos y geológicos y de los estudios de impacto ambiental previos a la ejecución de las obras, para el área adyacente a mi predio. Ver Perjuicio 10.

8.    Que se concreten reuniones con el CVSR, con las formalidades y oportunidades suficientes para programar estas soluciones. Y si fuera necesario, le pido que Usted y su institución participen como facilitadores o mediadores en estas reuniones. Ver Perjuicio 11.

9.    Restauración o reconstrucción del puente comunal que conecta al camino de herradura comunal, el mismo que fue debilitado por la maquinaria pesada que invadió mi parcela Sur. Ver Perjuicio 12.

Este documento lo elevo a su despacho como denuncia contra el CVSR, y le adjunto las fotografías y gráficas de los perjuicios y de las soluciones para los predios perjudicados.

Señor Ministro, desde ya le agradezco el tiempo que se ha tomado para enterarse de estas denuncias. Su respuesta a la intervención que le solicito, por favor, hágamela llegar por escrito.

Quiero finalizar este documento, deseándole éxitos en su gestión y si desea convocarme a alguna entrevista estaré disponible para acercarme a su despacho el día y la hora que usted me lo indique.

Atentamente,

Antonio Maravi Oyague


Dato:

La primera reclamación por escrito sobre esta denuncia fue publicada aquí:
http://profemaravi.blogspot.com/2013/10/carretera-lima-canta-ministerio-peru.html



1 comentario:

  1. Mi querido Profesor Antonio Maravi Oyague
    Yo vivo en La Urb. Torre Blanca Km 24 Tupac Amaru y no sabe la contaminacion que provoca el paso de los autos y camiones en esta carretera por falta de una pista, habia un poco de pista pero la Constructura lo removio todo y se fueron a Canta para empezar la obra por ahi y no sabe el polvo que levanta los vehiculos y hay niños enfermos de tragar tanta tierra. Quiero que ud se diriga mendiante un oficio al Ministerio de Salud por la contaminacion a la poblacion va contra la salud y exigir a la Constructura o al Ministerio de TRansportes que culminen o aceleren inmeditamente la obra por zonas pobladas

    gracias profesor

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